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RESOLUCION No. 009 (17 DIC. 1993)
Por la cual se adiciona el artículo 1o. de la Resolución No.028 del 8 de abril de 1991, expedida por la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.
LA COMISION DE REGULACION ENERGETICA
en ejercicio de las atribuciones legales, en especial
las conferidas por el artículo 11o. del Decreto 2119
del 29 de diciembre de 1992, y
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Resolución No. 028 del 8 de abril de 1993, la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos estableció las tarifas residenciales y no-residenciales para la Compañíade Eléctricidad y Gas de Cundinamarca -CELGAC-.
Que la Compañía de Eléctricidad y Gas de Cundinamarca _CELGAC- ha solicitado a la Comisión de Regulación Energética, mediante comunicación No. DVR-413-93 del 4 de noviembre de 1993, adicionar la Resolución JNT-028 de 1991 en el sentido de establecer en el nivel 3 de Subtransmisión la tarifa oficial.
Que el ordinal 12 del artículo 11 del Decreto 2119 de 1992 otorga a la Comisión de Regulación Energética las funciones que estaban atribuidas a la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos en relación con el subsector eléctrico.
Que la Comisión de Regulación Energética, en su sesión del 1o. de diciembre de 1993, aprobó la adición propuesta por la Compañía de Eléctricidad y Gas de Cundinamarca
-CELGAC-.
R E S U E L V E:
ARTICULO 1o. Adicionar al Artículo 1o. de la Resolución No. 028 del 8 de abril de
1991, expedida por la Junta Nacional de Tarifas, así:
NIVEL 3. -SUBTRANSMISION
Mayor o igual a 30 KV, menos de 62 KV
 | ENERGIA | POTENCIA |
Sencilla | 44.94 | 6927.34 |
Doble en punta | 57.12 | 6927.34 |
Doble no punta | 37.98 | 6927.34 |
Comercial y Otros | 44.94 | 6927.34 |
Oficial | 30.53 | 6927.34 |
ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean cantrarias.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 17 DIC. 1993
GUIDO ALBERTO NULE AMIN
Presidente | MANUEL IGNACIO DUSSAN
Coordinador General |
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