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Resolución No. 095
(Diciembre 22 de 1999)

          Por la cual se da cumplimiento a la disposición establecida en el Artículo 5o. de la Resolución CREG-126 de 1998, relacionada con la ejecución del plan de expansión de transmisión previsto para el período 1997-1999.
        LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

          en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

        C O N S I D E R A N D O:

        Que la Comisión, en el Artículo 5o. de la Resolución CREG-126 de 1998 anunció lo siguiente: “Antes de terminar la vigencia de los cargos por uso establecidos en la presente resolución, la Comisión evaluará la ejecución del plan de expansión de transmisión previsto para el período 1997-1999, con el fin de efectuar los ajustes de ingresos que sean del caso, previo al inicio del nuevo período regulatorio del Sistema de Transmisión Nacional”;

        Que en el Artículo 6o. de la Resolución CREG-043 de 1999 se estableció que: “Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5o. de la Resolución CREG-126 de 1998, la UPME antes del 30 de Noviembre de 1999, remitirá a la CREG una evaluación sobre la ejecución del plan de expansión de transmisión que se había previsto para el período 1997-1999. Con base en el resultado de dicha evaluación, la Comisión adoptará las decisiones pertinentes, con relación al Ingreso Regulado del STN aplicable durante el año 2000”;

        Que la UPME envió a la CREG el análisis solicitado, mediante oficio No 007302 de esa entidad;

        Que en el Anexo de la Resolución CREG-001, se reglamentó la metodología aplicable para establecer el Ingreso Regulado del STN y dichas disposiciones estuvieron vigentes durante el período 1997-1999;

        Que en el Anexo citado se estableció un factor de corrección (positivo o negativo), con el fin de ajustar el Ingreso resultante de la aplicación de los Cargos por Uso del STN, al Ingreso Regulado permitido para los agentes de dicho Sistema;

        Que como resultado de la aplicación de las normas mencionadas, es necesario ajustar el Ingreso Regulado de los agentes que prestan el Servicio de Transporte de Energía Eléctrica en el STN, correspondiente al año 2000;

        R E S U E L V E:



        ARTICULO 1o. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5o. de la Resolución CREG-126 de 1998 y a lo establecido en el Anexo de la Resolución CREG-001 de 1994, se establece el siguiente “Ajuste Neto” aplicable a las empresas que prestan el Servicio de Transporte de Energía Eléctrica en el STN, el cual deberá ser debitado o acreditado por el LAC en las cuentas de los agentes correspondientes:


        Millones de $
        Agosto 1999
        Factor K
        Ajuste Ingreso Regulado
        Ajuste Inversión Proyectada vs
        Ejecutada
        AJUSTE
        NETO
        ISA
        21,884
        (32,413)
        (10,530)
        TRANSELCA 2,171
        0
        2,171
        EEB 1,579 (5,992)
        (4,414)
        EEPPM 1,573 1,240
        2,813
        CORELCA 106
        0
        106
        EPSA 607
        0
        607
        ESSA 529
        0
        529
        DISTASA 83
        0
        83
        CHEC 69
        0
        69
        CHB 66
        0
        66
        EBSA 43
        0
        43
        CENS 43
        0
        43

        A partir del 1o. de Enero del año 2000, el LAC debitará o acreditará mensualmente, en doceavas partes, el monto del “Ajuste Neto” en las cuentas de los respectivos agentes. La actualización mensual de estas cifras se efectuará aplicando el IPP correspondiente y afecta el Ingreso Regulado de cada uno de las empresas mencionadas.

        Artículo 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Contra ella procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la diligencia de notificación personal o a la desfijación del edicto, según fuere el caso.
        Publicada en el Diario Oficial No. 43.835 de Diciembre 30 de 1999
        PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

        Dada en Santa Fe de Bogotá, el día 22 de Diciembre de 1999
      FELIPE RIVEIRA HERRERA
      Viceministro de Energía Delegado
      Por el Ministro de Minas y Energía
      Presidente
      JOSE CAMILO MANZUR J.
      Director Ejecutivo



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