Publicación Diario Oficial No.: | 49.049, el día:30/January/2014 |
Publicada en la WEB CREG el: | 28/January/2014 |
República de Colombia Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 191 DE 2013
( 9 DIC. 2013 )
Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional, STR
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994,
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 097 de 2008, modificada por las resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional, STR, y de Distribución Local, SDL.
La Comisión expidió la Resolución CREG 110 de 2009, mediante la cual se aprobaron los cargos unificados de distribución y comercialización aplicables a los usuarios del Sistema de Transmisión Regional Norte y al Sistema de Distribución Local, operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.
Mediante las resoluciones CREG 086 de 2010, 050 de 2011, 083 y 108 de 2012 y 010 y 092 de 2013, se actualizó el Costo por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. por la entrada en operación de nuevos activos y la sustitución de otros.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos activos de uso se actualizarán los cargos correspondientes, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capítulo 4 del anexo general de la citada resolución.
En el numeral 4.1 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se establecen los requisitos que debe acreditar el OR junto con su solicitud de actualización de cargos.
La Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2013-003959, solicitó la actualización del costo anual del nivel de tensión 4 teniendo en cuenta:
- la entrada en operación de nuevos activos en la subestación Chinú y Candelaria,
- la instalación de un transformador de reserva en la subestación Sabanalarga, y
- la modificación de los porcentajes de uso reconocidos para algunos activos de la subestación Urrá.
Con respecto a la solicitud de la electrificadora, mediante comunicación S-2013-004222, la CREG solicitó aclaración sobre algunas de las unidades constructivas y sobre los conceptos emitidos por la UPME. Las aclaraciones fueron entregadas por la empresa, mediante la comunicación con radicado CREG E-2013-010123.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, un resumen de la actuación administrativa iniciada se publicó en el Diario Oficial No. 48.901 del 2 de septiembre de 2013 y en la página de Internet de la Comisión, acto que fue informado a la empresa mediante comunicación CREG S-2013-003609. Para esta actuación se abrió el expediente 2013-0076.
Posteriormente la electrificadora, mediante comunicación con radicado CREG E-2013-009574, solicita la Comisión actualización de del costo anual del nivel de tensión 4, por la entrada en operación de nuevos activos:
- ampliación de la capacidad de los dos transformadores en la subestación Ternera, e
- inclusión de activos de la subestación Villa Estrella.
Dado que las solicitudes presentadas tenían el mismo propósito, mediante auto del 13 de noviembre de 2013, la Comisión decidió acumular las dos solicitudes presentadas para que hicieran parte de la actuación administrativa contenida en el expediente 2013-0076. Esta decisión se informó a la electrificadora con la comunicación S-2013-004676.
Mediante comunicación E-2013-011090, la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. solicita a la CREG excluir del análisis de revisión de cargos los activos correspondientes a la subestación Candelaria, por inconvenientes presentados en la puesta en operación comercial de estos activos. Con base en esta solicitud, los citados activos no se consideran dentro de esta propuesta de actualización.
Con respecto a los conceptos UPME se tienen los siguientes:
- 20111500024631 del 1 de abril de 2011, relacionado con la instalación de un banco de transformadores 3 x 150 MVA, 220/100 kV, en la subestación Chinú; mediante la comunicación 20131500064681, del 25 de octubre de 2013, la UPME ratifica la vigencia de la necesidad de instalar el mencionado banco de transformadores;
- 20131500059971 del 11 de septiembre de 2013, donde se da concepto favorable para la instalación de activos de nivel 4 en cinco subestaciones, dentro de los cuales se incluyen el cambio de transformadores de la subestación Ternera y los activos de la subestación Villa Estrella.
En la comunicación 007863-1 de XM se certifica la entrada en operación comercial de los dos transformadores de 150 MVA, 220/66/13,8 kV en la subestación Ternera.
Los activos que hacen parte de la solicitud de la electrificadora y los análisis sobre los activos a incluir o sustituir en la actualización se presentan en el Documento CREG 135 de 2013 que sirve de soporte para esta resolución.
Dado que se da cumplimiento a lo previsto en la Resolución CREG 097 de 2008 se procede a aplicar la metodología contenida en la citada resolución y se realizan los ajustes pertinentes para el sistema operado por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.
Teniendo en cuenta lo expuesto, para el nivel de tensión 4 se obtienen las siguientes variables, expresadas en pesos de diciembre de 2007:
Con base en lo anterior, se modificará el Costo Anual por el Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 y el Costo de Reposición de la Inversión del Nivel de Tensión 4, como se muestra en la parte resolutiva de este acto.
La Comisión, en Sesión 584 del día 9 de diciembre de 2013, acordó expedir la presente Resolución.
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el artículo 2 de la Resolución CREG 110 de 2009 el cual queda así:
Artículo 2. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:
Artículo 2. Modificar el artículo 6 de la Resolución CREG 110 de 2009 el cual queda así:
Artículo 6. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes:
Artículo 3. Recursos. La presente Resolución deberá notificarse a la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los
ORLANDO CABRALES SEGOVIA | GERMÁN CASTRO FERREIRA |
Viceministro de Energía | Director Ejecutivo |
Delegado del Ministro de Minas y Energía
Presidente |  |
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