Bogotá, D. C., noviembre 9 de 2015
CIRCULAR No. 134
PARA: EMPRESAS PRODUCTORAS DE GAS COMBUSTIBLE
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: AMPLIACIÓN DEL PLAZO CIRCULAR 131
Conforme a lo establecido en la Circular CREG 131 de 2015, se solicita a las empresas productoras de gas natural reportar los mantenimientos programados que se pretenden realizar en el mediano plazo. Se aclara que sólo se informe de aquellos mantenimientos mayores de alto impacto que generen disminución significativa de la capacidad de producción y mayores de 1 día durante los próximos cinco años.
De otra parte de acuerdo con las solicitudes realizadas por los productores y el CNOGas en relación con lo corto del plazo para cumplir con la información en el plazo inicialmente contemplado, el Director Ejecutivo de la Comisión, se permite ampliar el plazo antes citado hasta el próximo 20 de noviembre del presente año.
Cordialmente,
JORGE PINTO NOLLA